El monto del préstamo esta determinado por:
1.El valor de la cuota no debe afectar el 90% del sueldo neto.
2. El valor del avalúo del inmueble a comprar o construir, en cuyo caso el monto del préstamo no será superior al valor del 100% del avaluó realizado ( lo anterior no es aplicable a la compra de terreno en la urbanizaciones del Instituto, en donde la suma a financiar será el valor del inmueble).
3. Aquellos casos en que la capacidad de pago del afiliado se vea afectaa por otras obligaciones financieras, estas podrán ser deducidas del préstamo otorgado, simpre que el valor del inmueble garantice el monto financiado.
El sueldo neto es el que resulta del Sueldo bruto menos:
9% aporte IPM
6% aporte al Hospital Militar.
Impuesto sobre la renta
Otras deducciones: embargos, préstamos en general y seguros.
